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www.recre.org - Proliga denunció la alegalidad de las nuevas 1ª RFEF, 2ª RFEF y 3ª RFEF son 'alegales'

24/7/2021

Proliga denunció la alegalidad de las nuevas 1ª RFEF, 2ª RFEF y 3ª RFEF son 'alegales'
Según la comisión, la RFEF ha aprobado las bases de nuevas competiciones que aún no han sido aprobadas por el CSD 

  Iusport

  Noticia publicada hace 3 años

 
Proliga denunció semanas atrás las bases de competición publicadas por la RFEF en las diferentes categorías, por parte de Proliga, la organización más representativa del fútbol no profesional, que defiende los derechos e intereses de más de 260 clubes que militan en las categorías Segunda División “B” y Tercera División. 
 
La comisión de clubes denuncia que la RFEF ha aprobado las bases de competiciones que aún no existen. Para ser precisos, al menos una no existe en sentido estricto: la Primera RFEF. Las otras dos, 2ª RFEF y 3ª RFEF, se han creado a partir de las preexistentes Segunda B y Tercera, si bien han sido modificadas en su estructura por completo. 
 
Por este motivo sea este el motivo la RFEF ahora las llama en las normas reguladoras y en las bases de competición Segunda RFEF - Segunda B y Tercera RFEF - Tercera División, combinando los nombres de las nuevas categorías con el de las antiguas.  
 
El 28 de junio de 2021 la Real Federación Española de Fútbol publicó las normas reguladoras de las tres competiciones a pesar de que, al menos, la Primera no ha sido aún aprobada por el CSD, de ahí que no figure en el último reglamento general aprobado, que la RFEF ha publicado en su web. 
 
El vigente artículo 190 del reglamento general hace la siguiente clasificación de las competiciones oficiales de ámbito estatal en la modalidad principal: 
 
a) Los Campeonatos Nacionales de Liga de Primera, Segunda, Segunda "B" y Tercera División. 
 
b) El Campeonato de España/Copa de S.M. el Rey. 
 
c) La Supercopa. 
 
d) La Copa RFEF. 
 
e) La Copa de Campeones de División de Honor Juvenil. 
 
f) La División de Honor Juvenil. 
 
g) La Liga Nacional Juvenil. 
 
h) El Campeonato de España Juvenil/Copa de S.M. el Rey. 
 
i) La Copa de las Regiones de la UEFA (Fase Nacional). 
 
j) La Primera División RFEF de Fútbol Femenino. 
 
k) La Segunda División RFEF de Fútbol Femenino. 
 
l) La Fase de Ascenso a Segunda División RFEF de Fútbol Femenino. 
 
m) La Primera División Nacional de Fútbol Femenino. 
 
n) El Campeonato de España/Copa de S.M. la Reina. 
 
ñ) Los Campeonatos Nacionales de Selecciones Autonómicas en sus diversas categorías. 
 
..." 
 
 
Como se puede apreciar, en el vigente artículo 190 del Reglamento General, como competiciones oficiales de ámbito estatal, no aparecen las denominadas “PRIMERA RFEF”, SEGUNDA RFEF”y TERCERA RFEF”. 
 
Pues bien, a pesar de ello, en el preámbulo de las Bases de Competición de la llamada PRIMERA RFEF, a esta se la define como “(…) una nueva categoría competitiva distinta a las anteriores y que se sitúa entre la Segunda División B (Segunda RFEF) y la Segunda División (competición oficial profesional)”.​ Y añade que “Los órganos competentes de la RFEF aprobaron la configuración de una nueva estructura competitiva (…)”. 
 
Como advierte Proliga, aún en el supuesto de que los órganos competentes de la RFEF (la Comisión Delegada de la Asamblea General RFEF) hubiesen aprobado la modificación del Reglamento General RFEF y por ende, hubiesen aprobado crear dichas categorías, la referida modificación del Reglamento General RFEF no ha sido aprobada por el Consejo Superior de Deportes (CSD), por lo que, en tanto en cuanto ello no se produzca, dicha modificación no puede entrar en vigor para la Temporada 2021/2022 y por ende, cualquier requisito de participación en dicha Categoría, contenido en las referidas Bases de Competición se deberán tener por no puestos. 
 
Efectivamente, el artículo 59 de los Estatutos de la RFEF establece que una vez aprobada la modificación del Reglamento General RFEF por la Comisión Delegada, se elevará al Consejo Superior de Deportes, a los fines que prevé el artículo 10.2.b) de la ley del Deporte. 
 
Y el artículo 10.2.b) de la Ley del Deporte otorga a dicho órgano, entre otras, la facultad para: 
 
"b) Aprobar definitivamente los estatutos y reglamentos de las federaciones deportivas españolas, de las ligas profesionales y de las agrupaciones de clubes, autorizando su inscripción en el registro de asociaciones Deportivas correspondiente". 
 
En definitiva, al menos la PRIMERA RFEF carece de cobertura legal en estos momentos, y las otras dos no pueden denominarse oficialmente "SEGUNDA RFEF" y "TERCERA RFEF", sino Segunda B y Tercera división, tal y como recoge el vigente artículo 190 del reglamento general.


Fuente: Iusport y recre.org

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